Novedades en normativa sobre consumidores y usuarios

La ley 3/2014 por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias introduce ciertas modificaciones relevantes en materia de contratación a distancia y contratación celebrada fuera del establecimiento mercantil. Esta ley nace como consecuencia de la incorporación a la legislación española la Directiva 2011/83/UE sobre los derechos de los consumidores.

Las principales modificaciones que introduce la nueva normativa pasan por aclarar la definición del artículo 3 ya que se definen por separado consumidor y usuario, según se trate de una persona física o una jurídica.
Se amplía y matiza el concepto de consumidor y usuario en el caso de personas jurídicas, ya que se admite que las entidades sin personalidad jurídica pueden tener la consideración de consumidor o usuario.

Además, se realizan modificaciones en las normas que regulan los contratos celebrados a distancia y los celebrados fuera del establecimiento mercantil. Por ejemplo, se introduce un nuevo artículo 59 bis que incorpora toda una lista de definiciones en relación con los contratos con consumidores o los requisitos de información precontractual.

Otro añadido de la Ley es la incorporación de una nueva definición de contrato a distancia.  

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