Las webs de enlaces como intermediarios no vulneran la propiedad intelectual

Recientemente la Audiencia Nacional ha declarado por primera vez en una sentencia la impugnación de una actuación llevada a cabo por la Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual, denominada coloquialmente Comisión Sinde.

En la sentencia se ha declarado la nulidad de pleno derecho de las actuaciones que este órgano realizo contra una página web en la que los usuarios suministran información sobre otros lugares en los que encontrar libros, es decir, una página web de enlaces intermediaria de unos servicios. El argumento que la Audiencia Nacional esgrime para apoyar su decisión es que no es posible actuar de un modo exclusivo contra una página web de enlaces que es intermediaria sino se actúa conjuntamente contra “un responsable del servicio de la sociedad de la información', refiriéndose a aquellos que 'ponen a disposición del público las obras protegidas, los que las reproducen o copian, etc.'

Muy al contrario y según mantiene la sentencia esta web tiene por objeto difundir cultura y proporcionar información al usuario por lo que no incumple o infringe norma alguna o viola ningún derecho

 La sentencia recuerda que la vía administrativa está creada para el restablecimiento de la legalidad y no con ánimo sancionador.

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