Modificación de los Estatutos Sociales

Toda empresa se rige por sus Estatutos Sociales. Esta especie de guía para regir la sociedad, puede modificarse.

¿Cómo funciona exactamente?
Los Estatutos Sociales integran el conjunto de normas que regulan la vida de la sociedad una vez ha nacido a la vida jurídica y que completan, amplían o sustituyen, según los casos, la normativa prevista en la Ley de Sociedades de Capital. Los Estatutos Sociales, sin embargo, no son inmutables.
Es posible proceder a su modificación para adaptar la normativa aplicable a una determinada sociedad a la situación cambiante del mercado o a la evolución de los negocios de ésta.
La modificación, sin embargo, dada la trascendencia del cambio para los socios que participan en el capital, queda sometida a unas reglas que pretenden conciliar los intereses tanto de los socios como de los terceros que puedan haber contratado con la sociedad. Los llamados en la práctica anglosajona stakeholders.
La modificación de los Estatutos Sociales que puede consistir en la modificación, supresión o adición de todos o parte de los artículos que lo integran exige siempre acuerdo de la Junta General de Socios.

Ante cualquier duda, nuestros abogados de Zaragoza, expertos en derecho mercantil, quedan a su disposición para asesorarle.

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