Exclusión de un socio

Una sociedad puede expulsar a un socio incumplidor de la misma. Las causas de exclusión pueden agruparse en torno a estos supuestos:

1) Por existencias de conflictos de intereses, por usar un socio de los capitales comunes y la firma social para negocios por cuenta propia, o por ejercitar el socio por su cuenta operaciones de comercio infringiendo la ley de competencia.

2) Por administración indebida de este socio, o llevar la administración cuando no le corresponda.

3) Incumplimiento de obligaciones contractuales, ausentarse o faltar al cumplimiento de las obligaciones que se impusieron en el contrato, o dejar de poner en la caja común lo que corresponda.

4) Condenado por sentencia firme a indemnizar a la sociedad de los daños y perjuicios causados por actos contrarios a la ley o realizados sin la debida diligencia.

Se reconoce, con carácter general, la posibilidad de incluir causas estatutarias de exclusión o modificar las causas que ya figuraban. Para esto es necesario el consentimiento de todos los socios, pues puede conducir a la exclusión del socio incumplidor. En todos estos casos, es preciso que para que la exclusión surta efecto exista acuerdo de la Junta General en este sentido.

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